La pensión es una prestación económica a la que tienen derecho los trabajadores para asegurar la vejez y garantizar la eventualidad de invalidez o una sobrevivencia, y se construye durante la vida laboral. La pensión por la Ley del 73 del IMSS aplica para las personas que comenzaron a trabajar a partir de determinada fecha y el número de semanas cotizadas; puedes localizar el dato en un estado de cuenta de tu Afore.
Obtener una pensión por vejez o por cesantía en edad avanzada de forma vitalicia es un beneficio y privilegio que tienen aún muchas personas que comenzaron a trabajar y cotizar ante el IMSS bajo el antiguo régimen de ley del Seguro Social, la llamada Ley del 73 del IMSS.
Para obtener tu pensión vitalicia es necesario estar bajo la ley del Seguro Social de 1973, es decir, necesitas haber comenzado a trabajar y cotizar ante el IMSS antes del 1 de julio de 1997.
A partir de esta fecha entró en vigor un nuevo régimen de ley en el cual cambiaron las condiciones para obtener una pensión. Ahora bajo la nueva ley de 1997 se recibe únicamente un monto de acuerdo a lo ahorrado en la Afore.
¿Cómo se calcula el monto de la pensión?
El monto de pensión mensual se calcula de acuerdo a los parámetros establecidos por la misma Ley del 73, la cual considera los siguientes aspectos:
- Año en el que iniciaste a cotizar ante el IMSS
- Número de semanas cotizadas y reconocidas ante el IMSS
- Promedio de tu salario en los últimos 5 años cotizados
- Edad de retiro
Checa tu número de semanas cotizadas
Durante el tiempo que trabajaste para la iniciativa privada realizaste, en conjunto con tu patrón y el gobierno federal, aportaciones al IMSS para mantener la vigencia de tus derechos, tanto de salud, como de crédito de vivienda (Infonavit), seguro de desempleo, maternidad y pensión y, a estas aportaciones realizadas al Instituto se le llaman semanas cotizadas.
Puedes solicitar tu constancia de semanas cotizadas ante el IMSS para conocer el total de semanas que tienes al momento de la consulta. Es importante tener conocimiento de este número ya que para pensionarte bajo la Ley del 73 necesitas cumplir con al menos 500 semanas cotizadas ante el IMSS. Además, considera que a mayor número de semanas cotizadas mayor será el monto de tu pensión.
¡Ojo! Si fuiste dado de baja por tu patrón y quieres seguir cotizando, realiza tus aportaciones voluntarias al inscribirte a la Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio del IMSS, mejor conocido como Modalidad 40.
Al darte de alta en la Modalidad 40 realizas tus aportaciones voluntarias para aumentar tanto tu número de semanas cotizadas, como tu promedio salarial, y si lo decides puedes cotizar con un salario más alto, al realizar aportaciones más grandes, y esto te ayuda a aumentar el siguiente punto importante del cálculo.
*lasillarota
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