Los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tienen derecho al pago de un subsidio cuando tramitan una incapacidad por un accidente o enfermedad, o bien por periodos, anteriores y posteriores, al parto.
El IMSS indica que “si se cumplen los requisitos que establece la Ley del Seguro Social, la incapacidad genera el derecho al pago de un subsidio”, el cual solo en ocasiones otorga el 100 por ciento del salario del trabajador.
Aquí te contamos en qué tipos de incapacidad los trabajadores afiliados al IMSS no reciben el 100 por ciento de su salario, y cuáles son los casos en los que sí aplica dicha medida.
¿Cómo se pagan las incapacidades en el IMSS?
El IMSS agrupa las incapacidades en tres ramos, cada uno de ellos tiene características específicas para acceder a los pagos:
Riesgo de trabajo
Para acceder a este tipo de incapacidad, debes considerar lo siguiente:
- No requiere semanas cotizadas
- El porcentaje de pago es el 100 por ciento del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad
- Límite de pago: de un día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los médicos del IMSS
Enfermedad general
Para acceder a este tipo de incapacidad, debes considerar lo siguiente:
- Para tramitarla necesitas mínimo cotizar cuatro semanas inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad
- En caso de ser trabajador eventual, se requieren seis semanas en los cuatro meses anteriores al inicio de la enfermedad
- El porcentaje de pago es el 60 por ciento del salario registrado en el IMSS, al inicio de la enfermedad
- Límite de pago: a partir del cuarto día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los servicios del IMSS; se podrá prorrogar hasta por 26 semanas más

Maternidad
Para acceder a este tipo de incapacidad, debes considerar lo siguiente:
- Para tramitarla necesitas cotizar mínimo 30 semanas en los 12 meses anteriores a la fecha en que inicia la semana 34 de gestación
- En caso de no cumplir el mínimo de semanas cotizadas, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro, mientras dure el periodo de incapacidad
- El porcentaje de pago es del 100 por ciento del salario registrado en el IMSS al inicio de la semana 34 de gestación, por el total de días indicado en el certificado único de incapacidad por maternidad
- Los enlaces se pagan al 60 por ciento del salario indicado y por los días autorizados
- Límite de pago: en el certificado único de incapacidad por maternidad, hasta por 84 días y en las incapacidades por enlace, hasta por 21 días
La institución indica que, en caso de cumplir con los requisitos señalados, el pago del subsidio se realizará al tercer día hábil posterior a la expedición del documento en la ventanilla del banco autorizado para el pago de subsidios de tu entidad, que puedes consultar en el siguiente enlace https://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/incapacidad-maternidad/bancos-entidad.pdf
Los requisitos que debes presentar son:
- El documento “copia – asegurado” del certificado único de incapacidad
- Identificación oficial vigente con fotografía
El pago directo a la nómina se realiza en caso de que la empresa tenga el convenio de pago con el IMSS. En dicho caso, únicamente deberás entregar el original de la “copia – patrón” de tu incapacidad en el área de recursos humanos de tu centro laboral, indica el IMSS.
*oem
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