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Economía

¿Cuántos años debo tener para pensionarme en la Ley 73?

Las personas de la tercera edad deberán tomar en cuenta los requisitos para su trámite

Al llegar a la etapa de jubilación, miles de personas realizan el trámite de su pensión; sin embargo, suelen surgir algunas interrogantes como los requisitos que debo tener en cuenta o la edad para poder iniciar el trámite.

De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), existen dos regímenes que son: Ley del 73 (aquellos que empezaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997) y Régimen del 97, que iniciaron después de esa fecha.

En esta ocasión daremos más detalles de los requisitos del primer régimen, es decir, el de la Ley 73.

¿Cuántos años debo tener para pensionarme en la Ley 73?

La respuesta inmediata es que deberá tener 60 años; sin embargo, el requisito para recibir el 100% de su pensión es que deberá contar con 500 semanas de cotización.

Lo que quiere decir que, dependiendo de la edad en la que te pensiones, te otorgarán un porcentaje de la pensión que te corresponde si esperaras hasta los 65 años de edad. Por ejemplo, si tiene 62 años recibirá 85% del saldo de su pensión.

Sin embargo, si llega a la edad de los 60 años de edad y el IMSS determina que no cumple con los requisitos establecidos para tramitar su pensión, entonces le entregarán los recursos que tenga en ese momento resguardados en su cuenta de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).

-El interesado tendrá que tener 65 años cumplidos si requiere la pensión de vejez y 60 de cesantía en edad avanzada

-Contar con la baja del Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social

-Se encuentre privado de trabajo remunerado

-Tenga registradas ante el Instituto un mínimo de 500 semanas de cotización.

-También se solicitará estar vigente en sus derechos ante el IMSS o dentro del periodo de conservación de derechos que prevé la Ley.

¿Cómo solicitar mi pensión?

Para iniciar con los trámites de la pensión en cualquiera de los dos regímenes, el adulto mayor podrá presentarse en la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda o acudir a la Subdelegación de adscripción.

Para ello, deberán respetar el horario de atención en cada una de las subdelegaciones del instituto y llevar los documentos que le soliciten. Para mayor información sobre la pensión de vejez y por Cesantía, podrá ingresar al siguiente enlace. Aquí

Una vez que obtenga respuesta del IMSS y conozca la modalidad de retiro que le corresponde podrá acudir a su Afore para terminar el trámite.

*infobae

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