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Crónica Municipal

La Villa de El Fuerte

La Casa del Constituyente

El día 12 de septiembre de 2003 la finca recibió por decreto del H. Ayuntamiento de El Fuerte, el nombre oficial de Casa del Constituyente, para honrar el hecho histórico que en ella se desarrolló.

Estado de Occidente

En virtud de la Constitución de 1824, Sonora y Sinaloa que una vez fueron un solo estado, se separaron. La constitución federal se refería a este estado con el nombre de «Sonora y Sinaloa». Sin embargo, en la constitución del estado, aprobada el 31 de octubre de 1825 se utiliza el nombre de Estado de Occidente. La capital del estado de Sonora y Sinaloa estaba en El Fuerte, Sinaloa. El primer gobernador de Sonora y Sinaloa fue Manuel Bernal de Huidobro.

Nuestra patria surgió como México independiente en 1821, iniciando un penoso transitar hacia su conformación como una  nación moderna; luego de un fracaso de gobierno imperial de los grupos   de ideología avanzada decidieron que el rumbo político debería ser hacia la República, así fue como en inicios de  1824 un Congreso Nacional tomó bajo su responsabilidad expedir decretos para que la población y territorios mexicanos se organizaran en entidades federativas, conformadas por la mayoría de ellas como   Estados en estructura liberal.

Dentro de este proceso  político administrativo, las Provincias de Sonora y Sinaloa, acatando el ordenamiento del Constituyente, se dieron a la tarea de conformar el Estado de Occidente , teniendo como capital Político-Administrativa la Villa de El Fuerte, para dar forma, asentar y realizar válidamente lo indicado por el máximo organismo nacional.

El 4 de febrero de 1824 el Soberano Congreso, por medio de un decreto, designó, por ser el punto céntrico, la Villa de El Fuerte como el   lugar en que debía reunirse la legislatura de Sonora y Sinaloa (Estado de Occidente). En su artículo 5 decía: “Serán por ahora capitales para el indicado objeto (la reunión de las primeras legislaturas) la Villa de El Fuerte en el estado interno de Occidente, la ciudad de Chihuahua en el del norte y la ciudad de Monterrey en el de Oriente. Cuando se hallen reunidas las legislaturas designarán ellos mismos los puntos que deben ser capitales en sus respectivos estados.” Se aclaró que no se trataba de señalar capitales permanentes, sino sólo puntos de reunión para las juntas electorales y los congresos, y se dijo  que en los puntos designados en esta ley que asignaba capitales de las legislaturas se encontraran la mitad más uno de los diputados que habrían de componerlas, se debía proceder a formar sus juntas preparatorias para su instalación.

Los alcaldes y regidores del ayuntamiento se elegían de manera directa en cada municipalidad o sea cada demarcación que alcanzara  3,000 habitantes, porque si la población era inferior, los vecinos solo podían nombrar un alcalde de policía y un sindico.

Los funcionarios (secretario de gobierno, magistrados, tesoreros, jefes políticos y otros), eran nombrados por el gobernador y el consejo de gobierno.

En esta estructura organizativa y gracias a las elecciones indirectas, los notables controlaban los ayuntamientos y nombraban a los diputados que correspondían a su campo de influencia, mas para lograr la gubernatura era preciso hacer alianzas estratégicas con otros grupos opositores.

El 12 de septiembre quedó instalado el Congreso que se dio a la tarea de redactar la Constitución que regiría la estructura y el funcionamiento del Estado Interno de Occidente.

Uno de los primeros actos fue declarar la inexistencia de  las antiguas instituciones como la diputación provincial y el cese de las funciones de los jefes políticos de ambas provincias. También nombró gobernador provisional  a Juan Miguel de Riesgo y a Francisco de Iriarte como vice-gobernador.

El primero había sido funcionario de gobierno virreinal y diputado  por la intendencia de Arizpe al primer Congreso Constituyente de la Nación, el vicegobernador era la cabeza del grupo de los notables de Cosalá.

El Congreso del Estado Libre, Independiente y Soberano de Occidente elegido conforme a la ley de  instalación, declara y decreta lo siguiente :

1.-Estar instalado legítimamente en actitud de ejercer sus funciones.

2.– Siendo la forma de gobierno representativo, popular federada y deben dividirse  en los tres poderes, legislativo, ejecutivo y  judicial, reside el primero en el Congreso.

3.-El poder ejecutivo se ejercerá provisionalmente  por el intendente del Estado con el titulo de Gobernador del mismo.

4.– El poder judicial del Estado que actualmente reside en las autoridades que actualmente lo ejercen.

5.– Los ayuntamientos y las demás corporaciones y autoridades, continuarán desempeñando las funciones que le están encomendadas, arreglándose en todo a las leyes vigentes.

6.-Este decreto se comunicará a todas las autoridades y corporaciones del Estado, para que proceda a su circulación y observancia. Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y dispondrá lo necesario a su cumplimiento, haciéndolo publicar y circular.

La villa de El Fuerte perteneció  a la ruta de las diligencias de Culiacán a Álamos, convirtiéndose en un centro importante para el intercambio comercial, al importante centro minero de Álamos

El Congreso había aprobado el Acta Constitutiva y donde expedía  una ley para la instalación del Congreso Constituyente del Estado Interno de Occidente, en el que se establecía la elección de 6 diputados para la provincia de Sinaloa y 5 para Sonora, más 2 suplentes de cada una. El Congreso se instaló en la Villa de El Fuerte de Montesclaros, declarada Capital del nuevo Estado, porque se encontraba en el centro de la parte mas poblada del  territorio .

Efectuadas las elecciones de los diputados por Sinaloa quedaron: Francisco de Orrantia, cura párroco de El Fuerte, Bachiller Carlos Espinoza de los Monteros, sacerdote y secretario del obispo , Luis Martínez de Vea, de prominente familia de Culiacán y miembro  también de la diputación provincial, Antonio de Iriarte,  originario de Cosalá y primo hermano del jefe de la acaudalada familia de mineros de la localidad, el sexto diputado Manuel María Álvarez de la Bandera, nativo de Culiacán y pariente de la familia Fernández Rojo. Por Sonora resultaron electos: Tomás de Escalante, José Francisco Velasco, José de Jesús Almada, Manuel Escalante Arvizu y Francisco Domínguez Escalante.

Después de muchas discusiones entre los diputados que integraban este Congreso local en el año de 1830, el Congreso Nacional acordó a través de un decreto, que el Estado Interno de Occidente  se separara: a partir de esta fecha Sinaloa y Sonora son estado libres y soberanos. Los hombres que más lucharon para que Sinaloa se separara de Sonora fueron: Francisco de Iriarte y Pablo Villavicencio. Este último conocido como el “Payo de Rosario” destacó como periodista, escribió  en contra de   las injusticias y el  estado de cosas negativas que existían y sembró la semilla de las ideas liberales en busca de un nuevo modo para vivir de los mexicanos.

BIBLIOGRAFÍA

-Crónicas del Zuaque, Humberto Ruiz Sánchez , Octubre 2014.

-Monografía  de  la  ciudad  de  El Fuerte, 

– Profr. Manuel Lira Marrón.

– Profr. Nicolás Vidales Soto.

– Profr. Nazario García García.

– Profr. Ernesto Parra Flores.

-La Villa de El Fuerte Capital del Estado de Occidente,  Consejo Ciudadano para el desarrollo Cultural de El  Fuerte, Septiembre de 2003.

Capturista: Denisse Deyanire Escalante Contreras

Diseño WEB: JS

Ernesto Parra

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